El Salón de Plenos del Municipio de Hinojosa del Duque ha acogido el día de hoy la visita del encargado de Agricultura, Pesca, Agua y Avance Rural de la Junta de Andalucía, Francisco Ramón Acosta, que fué recibido por el alcalde de Hinojosa del Duque, Matías González, acompañado por múltiples integrantes de la Empresa Municipal.
Teléfonos de Información y Atención al Ciudadano
La sede central de la Conselleria de Agricultura está en Sevilla, en la calle Tabladilla s/n – El teléfono es el 955 03 20 00. Por entrar en contacto por correo electrónico es requisito dirigirse a [email protected]. Asimismo tiene web. Además de esto, puedes conseguir información sobre cualquier cuestión que sea correcto a esta Consejería en las direcciones de atención al usuario de los próximos organismos:
- Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera: c/ Tabladilla, s/n – Dirección de correo electrónico: [email protected].
- Dirección General de Industrias y Cadena Agroalimentaria: c/ Tabladilla, s/n- Correo electrónico: [email protected].
- Dirección General de Avance Sostenible del Medio Rural: c/ Tabladilla, s/n- [email protected].
- Dirección General de Pesca y Acuicultura: c/ Tabladilla, s/n.- Correo electrónico: [email protected].
- Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados: c/ Tabladilla, s/n – Dirección de correo electrónico: [email protected].
- Agencia de Administración Agraria y Pesquera de Andalucía: Servicios Centrales – Calle Bergantín, 39- Dirección de mail: [email protected].
- Centro Andaluz de Investigación y Capacitación Agraria, Pesquera, Alimenticia y de la Producción Ecológica: Edificio Administrativo Los Bermejales. Avenida de Grecia s/n- dueño de un [email protected].
Orden de 30 de diciembre de 2020, por la que se altera la Orden de 19 de octubre de 2017, de la Conselleria de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se dictan las medidas fitosanitarias a adoptar caso de acumulación de restos vegetales.
La Orden de 19 de octubre de 2017, de la Conselleria de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se dictan las medidas fitosanitarias a adoptar en la situacion de acumulación de restos vegetales, asegura la quema dominada de restos vegetales que proceden de la poda u otras operaciones de cultivo generadas en nuestra explotación, como medida fitosanitaria para eludir la propagación de plagas, sacar la población, atenuar sus efectos, o localizarlas la erradicación de los organismos dañinos en una secuencia de cultivos, en los que están justificados que la acumulación prolongada precisamente estos en la explotación puede suponer la presencia contrastada de un riesgo fitosanitario grave para las plantaciones tocantes.
Apoyado en las actualizaciones técnicas y científicas producidas, se hace precisa la modificación del producto 1 de la Orden citada para actualizar los cultivos y organismos dañinos para los que la crema dominada “in situ” de restos vegetales que proceden de la poda y otras operaciones de cultivo generados en nuestra explotación, se considera una práctica fitosanitaria de carácter excepcional, para eludir la propagación de plagas, sacar a la población, atenuar sus efectos, o conseguir su erradicación. diez/2017