coste de la no agricultura en el pais vasco

El valor medio mucho más alto del viñedo (con datos solo para el viñedo de secano) está en Canarias (64.590 euros/ha) y en el País Vasco (47.859 euros/ha) y el mucho más económico en la Zona de Murcia (5.489 euros/ha) y en Aragón (6.504 euros/ha). En 2021 el coste aumentó en La Rioja (1%), Galicia (3,2%), Navarra (2, 3%), Extremadura (4%), Red social Valenciana (1,9%) y Red social de La capital de españa (3 , 8%).

La hectárea de tierra encargada de este cultivo ha experimentado un rápido incremento (0,1 %) hasta los 16.485 euros/ha (veinte euros en relación a 2020). El viñedo de secano cae 33 euros/ha (0,2 %) hasta los 14.309 euros/ha y el de regadío incrementa 83 euros/ha (0,4 %) hasta los 22.092 euros/ha, según la información facilitada por el Ministerio de ´Agricultura y analizada por el Observatorio Español del Mercado del Vino. Fotografía: Vendimia de Bodegas Izadi

AGRICULTURA, palabra tabú (III)

Tampoco se charla bastante nada y de sus familias, de cuántos son, quiénes son, de qué forma viven, cuáles inconvenientes colectivos tienen , qué futuro les espera. Son como un enorme discreto y también invisible para la sociedad de la cual formamos parte urbanita que comete ciertos fallos de bulto en el momento de charlar de ellos:

PRIMER ERROR: Estimar a los labradores un minúsculo colectivo que solamente contribuye el 0,6% del PIB de Euskadi. Medir la trascendencia de un colectivo por la intensidad de un índice engañoso como es el PIB es un error grave que nos transporta a proponernos frente tan baja cifra múltiples cuestiones: ¿Por qué razón dedicar atención y dinero a un colectivo tan insignificante? ¿Por qué razón dedicarle un departamento entero en única del Gobierno Vasco como sugería yo el pasado día en estas páginas?

LA AYUDA AGROAMBIENTAL, LAS CLAVES

      1. (tixag_rea) (tixag_rea)
      2. Super tixag_14) Se prohíbe reiterar el cultivo de remolacha un par de años seguidos en exactamente la misma parcela
      3. Integrar en el plan de forma anual de la explotación el cultivo de leguminosas, proteaginosas y/o crucíferas en una área semejante al 20% del contrato agroambiental
      4. Integrar en el plan de forma anual cultivos de regadío diferentes a la remolacha de por lo menos el 20% con en comparación con total de regadío de la explotación
      5. las hojas y restos de cosecha en el período de un mes
      6. Detallar un sistema de administración de insumos de agua de manera planeada y también informatizada para achicar el consumo un 4% de forma anual en relación a las sugerencias de riego. En el final del contrato es requisito hallar una reducción del 20%
      7. Detallar un sistema de administración de fertilizantes de manera planeada y también informatizada a fin de que en el final del contrato se alcance una reducción del 15% o se justifique la realización de sistemas de abonado renovadores y eficaces
      8. Deber de 5 años (la periodicidad menor que deja el reglamento europeo)
      9. Nuevo importe unitario de la prima: 500 euros/hectárea. Degresividad: hasta 40 ha el cien%; hasta 80 hectáreas el 60% y para el resto el 30% )
      10. Variación de forma anual de área +- 20% sobre el contrato
      11. Se prohíbe reiterar el cultivo de remolacha un par de años seguidos en exactamente la misma parcela ·la
      12. Integrar en el plan de forma anual de la explotación el cultivo de leguminosas, proteaginosas y/o crucíferas en una área semejante al 20% del contrato agroambiental
      13. Integrar en el plan de forma anual cultivos de regadío distintas a la remolacha de cuando menos el 20% con en comparación con total de regadío de la explotación
      14. Integrar al suelo las hojas y restos de cosecha en el período de un mes
      15. Detallar un sistema de administración de insumos de agua de manera planeada y también informatizada para achicar el consumo un 4% de forma anual en relación a las sugerencias de riego. En el final del contrato es requisito hallar una reducción del 20%
      16. Detallar un sistema de administración de fertilizantes de manera planeada y también informatizada a fin de que en el final del contrato se alcance una reducción del 15% o se justifique la realización de sistemas de abonado renovadores y eficaces
      17. Deber de 5 años (la periodicidad menor que deja el reglamento europeo)
      18. Nuevo importe unitario de la prima: 500 euros/hectárea. Degresividad: hasta 40 ha el cien%; hasta 80 ha el 60% y para el resto el 30%

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