Mucho más de en algún momento hemos oído charlar del término “agricultura de contrato”, pero, para efectos de los temas que plantearemos en el presente artículo, es clave que comprendamos a qué hablamos con precisión. Ya que bien, la agricultura de contrato es un mecanismo desarrollado para contemplar demandas propias del mercado agrícola, en el que, mediante contratos de compraventa, el agricultor consigue recursos de insumos, asistencia técnica, financiación, composición de costos fijos y ingreso seguro de ventas en este mercado. Por otro lado, merced a esta herramienta, la agroindustria consigue volumen y rigidez en calidad, aparte de marchar como un canal alterno de comercialización de insumos agrícolas, negociando de forma directa con los distribuidores y suministrándolos con logística al campesino.
¿A quién está orientada la agricultura de contrato?
Contratos de compraventa civiles y comerciales
Los contratos de compraventa se reúnen en 2 enormes categorías: civiles y comerciales.
Según el Código de Comercio, los contratos de compraventa comerciales engloban cosas muebles adquiridas para revenderlas de esta manera que se adquirieron o en una diferente, con ánimo de lucro.
¿ESTÁ BUSCANDO COMPRAR UNA FINCA DE OLIVOS?
En un primer rincón, es primordial estudiar todos y cada uno de los puntos críticos que tienen la posibilidad de perjudicar a la finca antes de adquirirla y, de este modo, eludir inconvenientes siguientes. Los inconvenientes más frecuentes en el momento de obtener una finca sin estudiar sus puntos clave tienden a ser los próximos:
- La finca no tiene área que se ha comprado.
- Hay inconvenientes de límites con los vecinos.
- El Catastro y el Registro no coinciden. Con la coherente complicación entre papeleo y administración.
- La finca se pagó como de riego por tener un pozo. No obstante, el pozo no está legalizado y es imposible legalizar.
- Se han comprado mucho más impuestos de los debidos por no estudiar la opinión fiscal de la finca.
- La situación geográfica o climatología de la finca no corresponde con lo que el vendedor nos ha comentado.
- La orografía del lote es complicada. Más tarde se se dan cuenta riegos que no existían en el instante de la adquisición.
- Adversidades en el momento de tratar con fertilizaciones gracias a hallarse la finca en región vulnerable.
¿Qué debe contener el contrato de venta de naranjas?
La primera cosa que hay que comprender, es que el art 22 de la Ley 3/2013 de contratos agrarios, ordena a que los contratos a peso o embelesado, deban hacerse por ESCRITO, no logrando ser verbales.
De ahí que y eludir futuros inconvenientes es esencial tener el consejos de un especialista en derecho agrario que nos va a ayudar a redactar este contrato.