La cotización de los trabajadores autónomos cambia: desde 2023 la cotización se va a ver condicionada por sus capital reales. El Gobierno y múltiples asociaciones de trabajadores autónomos acordaron un sistema de cotización de 15 tramos para los años 2023, 2024 y 2025 con sus respectivas cuotas. Así, los autónomos cotizarán en función de los desempeños íntegros conseguidos y cotizarán según la base de cotización cierta por el tramo de sus capital en función de unas tablas reducidas tramos 1 a 3 (para capital de hasta el salario mínimo interprofesional) y en general Tramos 1 a 12 (para capital superiores a este). En todos los tramos de desempeños netos nombrados, se asignará una base de cotización mínima por mes y una base de cotización máxima por mes que va a poder seleccionar el autónomo. Tienen la posibilidad de preguntar estos tramos e inclusive su cuota a abonar aquí: https://portal.seg-popular.gob.es/wps/portal/importass/importass/gestiones/simuladorRETAPublico El nuevo servicio contempla 15 tramos de cotización progresiva desde de 2023 hasta 2025 sujetos a una horquilla de desempeños íntegros: • Cuota mínima (Tramo 1 achicado): en 2023, los trabajadores por cuenta propia con un desempeño neto bajo 670 euros van a pagar 230 euros por mes. En 2024 van a pagar 225 euros, y en 2025 la cuota va a ser de 200 euros. • Cuota máxima (Tramo 12 general): en el otro tramo de la escala, los autónomos que coticen por la máxima (mucho más de 6.000 euros), abonarán 500 euros en 2023, 530 euros en 2024 y, en 2025 la cuota va a ser de 590 euros si se acogen a la base mínima del tramo. Entre medias, hay otros tramos, insistimos en función de los capital. En este momento, ¿de qué manera se determinan los desempeños netos cada un año que ubican al autónomo en todos y cada tramo de cotización? Ya que es dependiente de si es trabajador autónomo persona física (y en un caso así se determinará según lo pensado en las reglas del IRPF para el cálculo del desempeño neto de la actividad como autónomo, mucho más la cuota de autónomos, y restándole a esta cantidad el 7 %) o si es trabajador autónomo societario (en un caso así, se computarán la integridad de los desempeños íntegros, derivados de la participación en los fondos propios de aquellas entidades en las que reúna, a la fecha de devengo del impuesto sobre sociedades, una participación igual o superior al 33% del capital popular o, teniendo la condición de gestor, una participación igual o superior al 25%, tal como la integridad de los desempeños de trabajo derivados de su actividad en citadas entidades). El sistema se completa con un sistema de regularización (presumiblemente complejo) a año vencido donde la TGSS señalará al autónomo que, o ingrese la diferencia, si la cotización provisional realizada según los desempeños que el autónomo estimó fuera inferior a fin de que estos desempeños verdaderamente fueron superiores, o procederá a devolverle de trabajo la diferencia si resulta que los capital estimados por saber la base de cotización. Para saber los desempeños reales, la Administración Tributaria comunicará a la TGSS los desempeños calculables. De qué manera trabaja la cotización: ejemplo práctico en el que vamos a deber tener los tramos presentes que insertamos a continuación. Imaginemos un autónomo en 2023. Ha estimado que en 2023 conseguirá unos capital íntegros/mes de 1.400,00 €. Ya que sus capital están en el Tramo 2 General va a poder seleccionar su base de cotización entre 960,78 € y 1.500,00 €; si lo escoge en 1.000,00 €, su cuota va a ser de 306,00 €/mes. (El 30,60%) Si cree que sus capital van a ser de 3.300,00 € va a entrar en el Tramo 9 General y va a poder elegir la base de cotización entre 1.209,15 € y 3.620,00 €; si lo escoge en 2.000,00 €, su cuota va a ser de 612,00 €/mes.
netos 2023 €/mes Base mínima